1.- ¿DEFENSA PÚBLICA A QUIENES DEFIENDE­­?

R.- Defendemos a todos los acusados en Materia Penal, Que no cuenten con abogados particulares o con otra defensa.

2.- ¿DEFENSA PÚBLICA QUE SERVICIO PRÉSTAMOS?

R. Brindamos defensa técnica a toda persona procesada en las diferentes etapas del proceso Penal, desde el primer acto hasta el ejecución  de la sentencia.

3.- ¿DÓNDE SE SOLICITA LOS SERVICIOS DE UN DEFENSOR PUBLICO?

R. En todas las Oficinas de Defensa Publica, instaladas en los 9 departamentos de Bolivia  y sus capitales.

4.- ¿REALIZA ALGÚN COBRO LA INSTITUCIÓN SEPDEP?

 R.-SEPDEP no realiza ningún cobro porque es una institución gratuita para las personas de escasos recursos nosotros nos basamos en lo que es el art. 12) otorgación del servicio y gratuidad de la ley 463.

5.- ¿PUEDO SOLICITAR EL CAMBIO DE DEFENSOR?

R.- Si se puede realizar el cambio de defensor pero con los siguientes motivos

1.       Que el defensor incumpla las funciones.

2.       Que sea testigo o apoderada  en el caso.

3.       Que tenga deudas o garante con el usuario.

4.       Alguna desobediencia de caracteres el usuario con un defensor.

Solo se puede aceptar una vez el cambio de defensor.

6.- ¿CUALES SON LOS REQUISITOS PARA INGRESAR AL SERVICIO DE DEFENSA PUBLICA?

  1. Cedula de identidad
  2. Fotocopia de agua y luz
  3. Croquis de su domicilio
  4. Documentación referida al caso

7.- ¿PUEDE MI ABOGADO PARTICULAR HACER COPATROCINIO EN MI PROCESO?

R.- no se puede toda vez que al ingresar al servicio de defensa publica y tener el carácter gratuito no se puede hacer copatrocinio con un abogado particular.

8.- ¿CUAL ES EL HORARIO DE ATENCIÓN EN DEFENSA PÚBLICA?

R.- La atención es las 24 horas del día los 7 días de semana de lunes a viernes en horario de 08:00 a 16:00, el defensor de turno las 24 horas que es ha llamado de la fiscalía.

9.- ¿EN QUÉ MOMENTO SE PUEDE RENUNCIAR AL PATROCINIO DE DEFENSA PÚBLICA?

R.- En cualquier etapa del proceso los usuarios podan hacer renuncia al servicio del SEPDEP.

10.- ¿El abogado defensor del SEPDEP me puede acompañar a mi declaración Informativa?

R. Claro que sí, siempre y cuando no cuente con un abogado particular y sea a requiriendo fiscal.